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OpiniónMunicipal

Las contradicciones en las explicaciones de Borja Suárez

Carol Blasco
9 Abr 2026
3 min lectura
Las contradicciones en las explicaciones de Borja Suárez
Si después de escuchar sus declaraciones del 8 de abril se sigue sin ver problema alguno, es comprensible que muchos ciudadanos se pregunten qué está ocurriendo realmente.

Si después de escuchar sus declaraciones del 8 de abril se sigue sin ver problema alguno, es comprensible que muchos ciudadanos se pregunten qué está ocurriendo realmente.

Borja Suárez, presidente de la Diputación Provincial de Burgos, presidente provincial del PP y concejal en el Ayuntamiento de Burgos, ha reconocido que los contratos adjudicados a Eventos El Espino SL (sociedad en la que posee más del 30 % de las participaciones) son nulos de pleno derecho. Así lo confirma, además, el informe del Secretario General del Ayuntamiento.

Sin embargo, en las mismas declaraciones afirma que “no hay reproche legal de ningún tipo” y que todo “se queda en el ámbito administrativo”. Esta afirmación genera una contradicción evidente: si los contratos son nulos por incompatibilidad absoluta (una prohibición expresa de la Ley de Bases del Régimen Local y de la Ley de Contratos del Sector Público), es porque se ha producido una ilegalidad administrativa desde el primer momento. La nulidad no es un “malentendido”; es la consecuencia automática de violar una norma clara.

Suárez lleva más de treinta años en política y ha ocupado cargos de alta responsabilidad. La incompatibilidad para un concejal que posea más del 10 % de una empresa que contrata con su propio Ayuntamiento es un principio básico del derecho local. Alegar desconocimiento o minimizar la cuestión no parece suficiente para un representante público.

Respecto a las acusaciones de los exsocios sobre una supuesta contabilidad paralela en ejercicios de 2018–2020, Suárez las niega rotundamente y las califica de “campaña de desprestigio”. Es cierto que la querella por administración desleal fue archivada en primera instancia, pero también es cierto que los exsocios la han recurrido y que, por tanto, el procedimiento judicial no está cerrado definitivamente. Los posibles ilícitos fiscales que se derivarían de aquella época están prescritos, por lo que ya no pueden ser perseguidos ni administrativa ni penalmente. Eso no equivale a afirmar que la conducta fuera ejemplar, sino simplemente que ya no tiene consecuencias sancionadoras.

Mientras tanto, el Ayuntamiento de Burgos tiene sobre la mesa el informe del Secretario General que certifica la nulidad. La ley obliga a la Administración a revisar de oficio los expedientes y a exigir, en su caso, la devolución de las cantidades cobradas indebidamente. Hasta la fecha no consta que se haya iniciado esa revisión.

El anuncio de Suárez de desprenderse inmediatamente de todas sus participaciones empresariales es una medida correcta y necesaria para evitar futuros conflictos de intereses. Sin embargo, esa decisión no sana retroactivamente los contratos ya realizados ni exime de las responsabilidades administrativas derivadas.

En definitiva, lo que está en juego no es únicamente si existe o no una condena penal. Está en juego la coherencia entre lo que se dice y lo que exige la ley, y la obligación de un cargo público de asumir con claridad las irregularidades objetivas que se producen bajo su responsabilidad. Solo con esa claridad se mantiene la confianza que los ciudadanos depositan en sus instituciones y en quienes las representan.

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